Denuncias

Procedimiento de denuncias de incumplimientos éticos o legales

1. Objeto

Este procedimiento tiene como finalidad establecer un canal seguro, confidencial y accesible para que cualquier persona pueda comunicar posibles incumplimientos del Código de Conducta, de las políticas internas de la organización o de la normativa legal aplicable.

2. Ámbito de aplicación

Los canales de denuncia están habilitados para cualquier miembro de la organización, socio, empleado, proveedor, colaborador externo o parte interesada que requiera presentar una denuncia.

3. Canales de denuncia

La organización pone a disposición los siguientes canales:

  • Correo postal: c/ Padilla, 323, Entlo, Dpcho.68, 08025, Barcelona
  • Entrevista virtual: con el Responsable de Compliance o Comité de Compliance.

Todos los canales garantizan la confidencialidad, el anonimato (si se desea) y la protección frente a represalias.

  1. Contenido mínimo de la denuncia

La denuncia debe incluir, en la medida de lo posible:

  • Descripción clara de los hechos
  • Identificación de las personas implicadas (si se conocen)
  • Fecha y lugar de los hechos
  • Documentación o pruebas disponibles
  • Datos de contacto del denunciante (opcional)
  1. Recepción y registro

Toda denuncia será registrada por el Responsable de Compliance, quien asignará un número de expediente y garantizará la trazabilidad y confidencialidad del proceso.

  1. Evaluación preliminar

Las denuncias se revisarán para determinar la verosimilitud y gravedad de los hechos denunciados. Si procede, posteriormente se iniciará una investigación interna.

  1. Investigación

La investigación será llevada a cabo por el Comité de Compliance, respetando los principios de confidencialidad, imparcialidad, presunción de inocencia y el derecho a ser escuchado.

  1. Resolución

Una vez finalizada la investigación, se emitirá un informe con las conclusiones y, en su caso, la propuesta de medidas correctivas o sanciones.

  1. Comunicación

El denunciante será informado del resultado del proceso, siempre que haya proporcionado datos de contacto y no se comprometa el principio de confidencialidad.

  1. Protección del denunciante

La organización prohíbe expresamente cualquier represalia contra quienes presenten denuncias de buena fe. Se aplicarán medidas de protección cuando sea necesario.

  1. Revisión del procedimiento

Este procedimiento será revisado periódicamente para garantizar su eficacia, adecuación normativa y accesibilidad.

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